13° INSS: liberado beneficio que puede alcanzar hasta R$ 1.818

En marzo se determinó que habría la 13 adelanto para jubilados y pensionados, mediante el Decreto 10.999, publicado en el Diario Oficial. Según este decreto, los beneficiarios del INSS recibirán, durante los meses de abril, mayo y junio, el monto correspondiente al anticipo con algunas especificidades. De hecho, ya salió la primera cuota, que es el 50% del valor de la 13. Vea aquí cuándo se lanzarán los demás.

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El avance del día 13 para jubilados y pensionistas

Según el Decreto 10.999, tienen derecho a recibir el anticipo del día 13 quienes perciban pensión, jubilación, subsidio por enfermedad o prisión. Además, el beneficiario debe recibir algunos de estos beneficios desde enero de ese año.

En cuanto al pago de las cuotas, este debe darse en dos momentos distintos, es decir, en dos cuotas. En la primera, el beneficiario percibirá el importe correspondiente a la mitad de la prestación. Como esto saldrá con el valor del pago regular del mes de abril, los jubilados que reciben un salario mínimo (R$ 1.212) recibirán R$ 1.818, dado el aumento. Incluso aquellos que reciben más de un salario deben tener un aumento relativo. La segunda cuota se referirá al remanente del monto menos la cuota del Impuesto a la Renta, si hubiere necesidad de pagarlo.

calendario oficial de pago

Los pagos se realizarán a través de dos grupos, el primero formado por quienes perciben un salario mínimo y el segundo, por quienes perciben más de un salario. Como método de organización de las fechas se utiliza el número final del beneficio, verifique:

Primera cuota para quienes reciben salario mínimo

Fin del beneficio:

  • 1 – 25/04;
  • 2 – 26/04;
  • 3 – 27/04;
  • 4 – 28/04;
  • 5 – 29/04;
  • 6 – 02/05;
  • 7 – 03/05;
  • 8 – 04/05;
  • 9 – 05/05;
  • 0 – 06/05.

Segunda cuota para quienes perciben salario mínimo

Fin del beneficio:

  • 1 – 25/05;
  • 2 – 26/05;
  • 3 – 27/05;
  • 4 – 30/05;
  • 5 – 31/05;
  • 6 – 01/06;
  • 7 – 02/06;
  • 8 – 03/06;
  • 9 – 06/06;
  • 0 – 07/07.

Primera cuota para quienes ganan por encima del salario mínimo

Fin del beneficio:

  • 1 y 6 - 02/05;
  • 2 y 7 - 03/05;
  • 3 y 8 - 04/05;
  • 4 y 9 - 05/05;
  • 5 y 0 - 06/05.

Segunda cuota para quienes ganan por encima del salario mínimo

Fin del beneficio:

  • 1 y 6 - 01/06;
  • 2 y 7 - 02/06;
  • 3 y 8 - 03/06;
  • 4 y 9 - 06/06;
  • 5 y 0 - 07/06.

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