¿Quiere conducir sin un CNH? Descubre si hay motos que no necesitan carnet

El 15 de junio de 2023, el Contranaprobó una importante resolución que actualiza la clasificación de los vehículos de dos ruedas en Brasil. Esta modificación cubre los ciclomotores, las bicicletas eléctricas y los equipos de movilidad personal autopropulsados.

El objetivo de la medida es aclarar las reglas y facilitar el registro y licenciamiento de estos vehículos, que se han vuelto cada vez más comunes en las calles de las ciudades brasileñas.

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decisión de Contran

La creciente popularidad debicicletas electricas y scooters en la vía pública hizo que las agencias de tránsito se percataran de la necesidad de establecer pautas claras y específicas para ellos.

De esta forma, la nueva resolución aparece como respuesta a la gran duda que permea a la población: ¿hay motos que no necesiten carnet?

Según las definiciones establecidas por Contran, se considera ciclomotor un vehículo de dos o tres ruedas, equipado con un motor de hasta 50 cm³ y limitado a una velocidad máxima de 50 km/h.

A su vez, la bicicleta se define como un vehículo de tracción humana, constituido por dos ruedas, que no se asemeja a motocicletas, scooters y ciclomotores, según lo establecido por el Código de Tránsito Brasileño (CTB).

Además, la resolución incluye equipos de movilidad individual autopropulsados, como scooters, patinetas y monociclos motorizados.

Motocicletas que se pueden conducir sin carnet

La respuesta sobre qué motocicletas no necesitan licencia es sencilla: actualmente, en Brasil, no hay ningún modelo de motocicleta que no requiera Cartera nacional de habilitación (CNH) o Autorización para Conducir Ciclomotores (ACC). Por lo tanto, todos los vehículos de este tipo deben estar debidamente matriculados y autorizados, y el conductor habilitado.

(Imagen: Divulgación)

En el caso específico de los ciclomotores, motocicletas y scooters, la matrícula y matrícula son obligatorias. Para conducirlos es necesario expedir un ACC o CNH en categoría A.

Por otro lado, las bicicletas eléctricas y los equipos de movilidad personal autopropulsados, como los scooters vehículos, están exentos del requisito de conducción y pueden circular en las mismas condiciones que las bicicletas convencional.

Sin embargo, es importante resaltar que las bicicletas eléctricas deben cumplir con ciertas especificaciones para entrar en esta categoría. Deben estar equipados con un sistema que asegure el funcionamiento del motor solo cuando el conductor está pedaleando, además de contar con un indicador de velocidad.

Si la bicicleta eléctrica tiene un acelerador en el manillar, se considera un ciclomotor y, por lo tanto, está sujeto a registro, licencia y conducción por parte de una persona calificada.

La resolución también destaca la importancia de los elementos de seguridad para andar en bicicleta eléctrica, como timbre, señales nocturnas delanteras y laterales y espejos retrovisores.

Por todo eso, si quieres salir a conducir por las calles, ¡necesitarás el carnet de conducir!

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