la discreción es la calidad de lo que depende de la decisión de una autoridad con discreción. Pero también puede referirse a la libertad otorgada a la Administración Pública para actuar y tomar decisiones dentro de los límites de la ley.
Esto significa que el Principio de discreción es la opción que se da, en el ámbito del Derecho, de elegir una de las diversas hipótesis previstas por la ley y la Constitución sobre una determinada materia.
Las decisiones tomadas bajo el poder discrecional deben seguir algunos criterios específicos, como oportunidad, conveniencia, equidad, razonabilidad, equidad e interés público.
La facultad de discreción se otorga a la Administración Pública para que pueda actuar libremente, con con base en los límites de la ley y en defensa del orden público, garantizando la autoridad del público sobre el especial.
En un ámbito más amplio, la discreción corresponde a la característica de lo que no tiene restricciones.
Discreción y vinculación
cuando la ley prevé todos los aspectos de un acto administrativo dado
, la Administración Pública actúa bajo fianza, es decir, sin espacio para interpretaciones subjetivas sobre el caso, aplicando la única solución posible que describe la legislación.Sin embargo, cuando el La ley no cubre previamente todos los aspectos del acto administrativo., la Administración Pública actúa con discreción, siendo responsabilidad del agente tasador caso respectivo para decidir la mejor solución, siguiendo los lineamientos de la legislación y el interés público.