Reglas mínimas de transparencia pública y control social en materia educativa. Esta es la esencia del proyecto de ley 2725/22, actualmente en discusión en la Cámara de Diputados, que incluye, en la Ley de Lineamientos y Bases de la Educación Nacional (LDB), normas adicionales que mejoran la pregunta.
Entre otras medidas, la propuesta legislativa determina que los sistemas educativos de los tres ámbitos administrativos (federal, estatal y municipal), de conformidad con el principio de transparencia pública, debe poner a disposición de la sociedad civil, en general, información relacionada con la gestión educativo. Entre ellos, énfasis en las vacantes que ofrecen las instituciones educativas; becas para estudiantes y funcionarios; proyectos de enseñanza completados o en curso; estadísticas de deserción y currículum de los profesionales de la gestión. En ese listado se incluyeron preguntas como datos sobre los fundamentos de las decisiones sobre la gestión escolar y la ejecución de los recursos públicos, con el desglose de ingresos y gastos.
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Autor del proyecto – junto a otros parlamentarios – el diputado federal Tabata Amaral (PSB-SP) destaca que la propuesta pretende, además de aumentar la transparencia pública, hacer efectivo el derecho fundamental de acceso a la información en el sector educativo.
Como justificación de la iniciativa, Tabata argumentó que la legislación en la materia aún carece de normas. “Ciertamente, sin acceso a la información sobre la formulación, gestión y ejecución de políticas públicas en el campo de la educación, se hace inviable la realización de una gestión democrática en la educación pública o la observancia de un estándar de calidad”, acondicionado.
En la etapa actual de tramitación, el proyecto seguirá siendo sometido a análisis, con carácter conclusivo, por las comisiones de Educación, seguida de la comisión de Constitución y Justicia (CCJ).
Consulta los principales puntos de la medida:
- Los padres, tutores y estudiantes tienen derecho a la información sobre las evaluaciones de calidad escolar realizadas por autoridades públicas u organismos internacionales;
- Las universidades obedecerán al principio de gestión transparente y democrática, asegurando la existencia de órganos colegiados deliberativos;
- Los plenos del Consejo Nacional de Educación (CNE) y sus cámaras serán abiertos y transmitidos por Internet, con disponibilidad electrónica de documentos;
- Las escuelas comunitarias, confesionales o filantrópicas deben dar amplia difusión, en Internet, de los recursos públicos recibidos, y no pueden tener, como directivos, personas (o familiares) que ocupan cargos público.