Descubre qué enfermedades hacen posible la jubilación

Si necesitas entender cómo jubilarte por invalidez o si tuviste alguna prestación suspendida y tienes alguna patología, este texto es ideal para ti. Conoce qué enfermedades permiten la jubilación.

En primer lugar, es necesario aclarar qué se entiende por jubilación por enfermedad o invalidez, es decir, jubilación por invalidez. Cuando una persona se encuentre afectada por una enfermedad o invalidez que la incapacite permanentemente, además de las enfermedades mencionadas en este artículo, podrá solicitar la jubilación ante el INSS.

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Para aclarar, estas enfermedades no incapacitan al ser humano simplemente porque se presenten. Se someten a un análisis y se opina que son enfermedades graves según el sentido común.

Pues bien, una vez cumplidos los requisitos de carencia mínima de doce meses y enfermedad incapacitante, entonces habrás adquirido el derecho a la jubilación por invalidez.

Resulta que no todas las enfermedades dan este derecho al beneficiario. Además, aunque exista una concesión, se puede cancelar si se dan algunas hipótesis, como la vuelta al trabajo, el fallecimiento o la recuperación de la invalidez.

Ahora que hemos cubierto estos supuestos, veamos una lista de enfermedades que son suficientes para dar lugar a una jubilación.

Enfermedades que requieren jubilación:

  • Enfermedad de Parkinson;
  • tuberculosis activa;
  • alienación mental;
  • Ceguera;
  • nefropatía severa;
  • síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA);
  • Esclerosis múltiple;
  • Lepra;
  • enfermedad hepática grave;
  • espondiloartritis anquilosante;
  • Estado grave de osteítis deformante (enfermedad de Paget);
  • Parálisis incapacitante e irreversible;
  • neoplasia grave;
  • Enfermedad cardíaca grave;
  • contaminación por radiación;

Estas enfermedades están presentes en el artículo 151 de la Ley 8213/91.

Finalmente, vale la pena señalar que esta lista no es exhaustiva, es decir, puede haber otras que le den derecho a la jubilación. Una vez otorgada, el beneficiario deberá realizar una inspección ante el INSS cada 2 años.

Además, hay situaciones en las que no es necesario cumplir determinados requisitos, como por ejemplo, no necesitar probar el período de carencia de 12 meses, como cualquier accidente, accidentes y enfermedades en el trabajo.

Quedan así aclaradas las principales dudas sobre el tema. ¿Te gustaron estos consejos y quieres leer más contenido como este? Acceso a la educación escolar.

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