Un cambio en la legislación de tránsito aumenta la multa por uso incorrecto de insulfilm

El Consejo Nacional de Tránsito (CONTRAN) estableció nuevas normas sobre el uso de insulfilm en vehículos, y ya están vigentes en el país. De esta forma, los conductores deben estar atentos, ya que la multa por incumplimiento de la medida se caracteriza como infracción grave, pudiendo incluso dar lugar a la retención del coche hasta que se adapte el coche.

El incumplimiento de la nueva medida acarrea cinco puntos en la Licencia Nacional de Conducir (CNH), además de una multa de R$ 192,23. Por lo tanto, se recomienda que quien tenga un vehículo no conforme haga lo necesario lo antes posible para regularizar el auto y no sufrir ninguna sanción por hacerlo.

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¿Cuál es el cambio?

Los cambios abordan las burbujas que pueden aparecer en las películas de insulfilm que, dependiendo de la zona en la que aparezcan, acaban perjudicando la conducción, ya que comprometen en gran medida la visión del conductor. Por lo tanto, las burbujas están estrictamente prohibidas en lugares como el parabrisas y las ventanas laterales delanteras.

Resolución nro. 960/2022 de Contran no solo trajo este cambio, otro importante y necesario destacar es el de la mínima transmitancia luminosa de los vidrios. Previamente, la cantidad de luz y brillo que atraviesa el conjunto compuesto por la película y el vidrio -es decir, el índice de transmitancia luminosa: desde las ventanas laterales delanteras y el parabrisas no puede ser inferior al 70% para artículos de color y al 75% para los incoloros.

Ahora, con el cambio, los dos tipos se consideran iguales, ya sean coloreados o incoloros, teniendo ambos un porcentaje mínimo del 70%. En el resto de lunas del vehículo, que no afectan a la conducción, el porcentaje mínimo de la partida es del 28%, manteniéndose invariable. La misma regla se aplica a las ventanas traseras y laterales.

Por último, para evitar puntos y multas, Contran no permite películas reflectantes u opacas que impidan el paso completo de la luz a través de cualquier cristal del habitáculo del vehículo. Según la resolución, solo los cristales de techo y lunas de vehículos blindados están libres de los nuevos cambios mencionados, así como como los vehículos forestales, de carretera, agrícolas y otros que no estén destinados a circular por la vía pública.

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