El Régimen PJ (Persona Jurídica) y el contrato CLT (Consolidación de Leyes Laborales) son formas que definen la relación laboral cuando las empresas van a contratar trabajadores.
A CLT son todas las leyes laborales que regulan el trabajo individual o colectivo en las empresas. La ley define que el empleado bajo el régimen CLT tiene un contrato de trabajo y que su trabajo, donde se especifique el salario y la función que desempeñará, estar firmado por el empleador.
El CLT también incluye derechos para los empleados, tales como: treinta días de vacaciones, que se pueden tomar después de un año de trabajo desde el inicio de su contrato; 13º salario, salario extra que recibe el empleado al final del año; entre otros derechos.
O Régimen de trabajo de la Entidad Legal (Entidad Legal) designa a un profesional que tiene una empresa registrada y asume todos los cargos por realizar un servicio. Este profesional presta servicios en varias empresas y no tiene relación laboral porque está contratado para realizar un trabajo específico, con un horario de inicio y finalización. Es su responsabilidad emitir una factura por el servicio realizado.
Sin embargo, si la empresa contrata una persona jurídica y el trabajador presta el servicio diariamente, solo para esa empresa, cumpliendo con los horarios establecidos, con funciones definidas y teniendo las mismas obligaciones que un empleado regular, este proveedor de servicios puede reclamar ante los tribunales sus derechos como empleado de CLT que reclama una relación empleo.
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