Los asegurados de Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tienen sólo dos formas de recibir más de la Seguridad Social y uno de ellos podrá extinguirse, si se aprueba la reforma previsional.
Vea también: Mi INSS: Cómo consultar cotizaciones y emitir la declaración de seguridad social (CNIS)
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La acumulación de beneficios ocurre cuando un jubilado también comienza a recibir una pensión por muerte. Sin embargo, pueden ocurrir otras situaciones, como que un trabajador que recibe pago por enfermedad, puede recibir una pensión por muerte, si enviuda.
Según la normativa vigente, quienes perciben dos pagos tienen derecho a la totalidad de los importes de cada prestación y esta relación no se limita al tope.
La reforma pretende reducir este valor. La propuesta de reforma constitucional (PEC) propone limitar el beneficio menor y la reducción será de acuerdo a la variación del beneficio, ya que a mayor beneficio, mayor reducción.
La propuesta dice que en caso de que se extinga un beneficio, el otro tendrá todo su valor. La trayectoria muestra que los recortes serán mayores para los jubilados y funcionarios, especialmente los de carreras con salarios más altos.
Se recorta la prestación por accidente en la jubilación
Se mantuvo el monto pagado por los que tienen secuelas de alguna enfermedad o accidente incluso para los jubilados. Sin embargo, en 1997 se modificó la ley y las ayudas pasaron a pagarse sólo hasta la prestación por edad o tiempo de cotización.
El asegurado puede recibir dos beneficios al mismo tiempo
El gobierno quiere imponer una rebaja de valores que aún no están limitadas. Hoy, los trabajadores asegurados del INSS pueden recibir más de un beneficio de seguridad social simultáneamente
La reformulación propuesta por el equipo económico pretende restringir esta acumulación, reduciendo el monto total que recibe el asegurado.
Más que el techo
Actualmente, quien gana dos beneficios podrá ganar más que el tope de la Seguridad Social, que este año es de R$ 5.839,45
¿Qué se puede acumular?
1) Pensión y jubilación
- El pensionado que perdió a su esposa puede recibir la pensión por muerte;
- Consulta las normas para la concesión de las dos pensiones principales.
a) Pensión de vejez
Este beneficio se otorga a aquellos contribuyentes con 15 años de cotización al INSS y que tengan:
- En el caso de los hombres es la edad de 65 años, en el caso de los hombres;
- En el caso de las mujeres es de 60 años.
b) Jubilación por tiempo de cotización
Esta modalidad no tiene edad mínima para ser solicitada, sin embargo, el INSS exige:
- 30 años de cotización, en el caso de la mujer;
- 35 años de cotización, en el caso de los hombres.
2) Pensión y prestación por invalidez
es posible que se paguen algunos de los beneficios de invalidez si el asegurado enviuda o enviuda.
- prestación por enfermedad;
- Asistencia en accidentes;
- Por jubilación por invalidez.
3) Dos jubilaciones
Esto sólo ocurre si los beneficios son otorgados por diferentes regímenes. Este es el caso de los docentes que laboran en escuelas públicas y privadas. De esta forma, recibirían una pensión de su propio régimen y otra del INSS.
Los cambios propuestos por el gobierno
El equipo económico pretende restringir el valor del beneficio a través de la reforma de las pensiones.
Lo que aún se permitirá acumular:
- Pensiones de diferentes regímenes;
- Pensiones y jubilaciones del INSS.