Una MP (Medida Provisional) fue aprobada por la Cámara de Diputados este martes 30 de agosto, que hace Régimen laboral más flexible para madres o padres con hijos hasta 6 años o con deficiencia. Ahora, solo queda la aprobación del Senado.
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Esta flexibilización del régimen laboral también puede incluir una priorización para liberar la tiempo parcial, anticipación de vacaciones individuales y también horarios de entrada y salida flexible.
También es posible encontrar en la propuesta la sustitución de guarderías en empresas por un pago en forma de reembolso para pagar la guardería del niño. Este texto tuvo su aprobación otorgada por 395 votos a favor y 7 en contra, siendo apoyado también por partidos de oposición.
En la versión aprobada, la crianza se define como “un vínculo socioafectivo materno, paterno o cualquier otro que se defina como la recepción legal de alguien estar realizando actividades parentales, lo que se hace de manera compartida entre los responsables del cuidado y también de la educación de los hijos y adolescentes".
La justificación del presidente Jair Bolsonaro para la creación del MP, llamado Programa Emprega + Mulheres y Juventud, es que se pretende incentivar la permanencia y también la contratación de estos grupos
La diputada Celina Leão, que era relatora en la Cámara, eliminó todo lo relacionado con la contratación de aprendices. Según ella, el tema ya está siendo tratado en una comisión exclusiva sobre el Estatuto del Aprendiz. Según dijo, los parlamentarios presentaron 90 enmiendas, con la intención de sacar estos dispositivos del texto.
Ahora bien, en lo que respecta a la flexibilización del régimen laboral, se dice que los empleadores deben priorizar las vacantes en home office, teletrabajo, trabajo remoto o incluso trabajo a distancia. para los empleados que tengan un hijo, hijastro o hijo a cargo legalmente, con una edad no mayor de seis años o que tengan algún tipo de discapacidad que no les permita valerse por sí mismos solo. La medida se aplica a los empleados de ambos sexos.
Otro punto a destacar es que los empresarios pueden adoptar algunas medidas para conciliar trabajo y cuidado que los empleados deben tener con sus hijos, siempre que el deseo de hacerlo sea real trabajar. Son ellas:
- régimen de tiempo parcial;
- régimen especial de compensación de horas de trabajo mediante el banco horario;
- Jornada laboral de 12 horas durante 36 horas sin interrupción en el descanso;
- anticipación de vacaciones individuales. Esta situación, sin embargo, es válida únicamente en el primer año del nacimiento del hijo o hijastro; adopción o tutela legal;
- Horarios de llegada y salida flexibles.
Estas medidas deben formalizarse a través de un acuerdo hecho individualmente o incluso a través de un contrato colectivo de trabajo.
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