La nueva resolución de Contran establece nuevas normas para la uso de insulina en los vidrios de los autos y ya está vigente en el país. La infracción es considerada grave, y quien no esté de acuerdo con la medida recibe cinco puntos en la Licencia Nacional de Conducir (CNH), además de una multa de R$ 195,23. El vehículo todavía se puede conservar hasta que el propietario lo adapte.
Por ello, es necesario que los conductores estén siempre al tanto de las normas, evitando así que les pille por sorpresa y acaben llevándose este desagradable billete a casa. Los cambios fueron divulgados en una resolución reciente, elaborada por el Consejo Nacional de Tránsito (Contran), y ya sorprendieron bastante a la población.
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La resolución en cuestión es la número 960/2022, en la cual Contran estableció las nuevas reglas para el uso de insulfilm en vehículos, buscando garantizar más seguridad para los conductores y más calidad en las propias películas, lo que evitaría comprometer la visión de quienes están detrás del automóvil volante.
Los estándares consideran cuánta luz pasa a través de la película sin ser absorbida, también conocida como transmitancia de luz. Así, en base a los cambios, el porcentaje ahora no puede ser inferior al 70% para las zonas consideradas esenciales para la visión del conductor, incluido el parabrisas. En las gafas que no afectan a la visibilidad, el porcentaje mínimo es del 28%. Los porcentajes se consideran tanto para películas coloreadas como sin color.
Todavía entre las nuevas determinaciones, también está terminantemente prohibido el uso de películas opacas o espejadas que dificulten la visibilidad y el paso de la iluminación. Otra prohibición son las burbujas derivadas de una aplicación incorrecta, y no se toleran estos defectos, ya que pueden comprometer la seguridad en la conducción y provocar accidentes.
Finalmente, en la situación de tener el coche retenido, sólo se le entregará al propietario cuando abandone el vehículo de acuerdo con las normas, además de abonar los gastos de remolque.
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