Tras la pandemia surgió una nueva tendencia mundial de trabajo remoto, conocida como home office. Y así, en los últimos días, el gobierno decidió actualizar las normas para quienes trabajan desde casa, con el fin de regular esta nueva modalidad en los arreglos laborales. ¿Quieres saber cuáles son estos cambios? Entonces, ¡échale un vistazo a continuación!
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Regulación de la oficina en casa
El presidente Jair Bolsonaro firmó, el 25 de marzo, la medida provisional que busca regular las nuevas reglas para el Ministerio del Interior. Así, esta medida pretende adecuar esta modalidad de trabajo actual a las modalidades laborales.
En primer lugar, el trabajo a distancia se define como “la prestación de servicios fuera de las instalaciones de la empresa, forma predominante o híbrida, que, por su naturaleza, no puede ser caracterizada como trabajo externo".
Según el Ministerio del Trabajo, normalizar esta nueva forma de trabajo permite modernizar y actualizar la regulación de actual Consolidación de las Leyes del Trabajo (CLT), de acuerdo con los cambios en la forma de trabajar, especialmente después de la pandemia.
En un principio, el home office se convirtió en una modalidad de trabajo necesaria debido al COVID-19 y las medidas de aislamiento social. Así, el trabajo remoto se convirtió en estándar para el 43% de las empresas brasileñas, después de todo, no podíamos salir de casa ni dejar de trabajar.
Nuevas reglas para el trabajo remoto
La medida provisional establece que la forma de contratación puede hacerse tanto por jornada como por producción o tarea. Es decir, hay mayor flexibilidad, no solo en cuanto a la contratación sino también en la propia rutina productiva. Además, esto también incluye a los pasantes y aprendices.
Sin embargo, se requiere un contrato individual de trabajo, informando las horas y medios de comunicación entre el jefe y el empleado, así como todas las horas de descanso garantizadas por la ley. Además, corresponde al empleador cambiar el régimen de trabajo, siempre que se notifique al trabajador con 48 horas de antelación, sin necesidad de convenios individuales, colectivos o cambios previos en el trabajar.
Además, si el trabajador no cuenta con la infraestructura necesaria para realizar el trabajo, el empleador debe proporcionar todo este equipo en forma de préstamo gratuito. Sin mencionar que esta inversión no debe incluirse como presupuesto salarial.
Finalmente, la medida provisional establece que el período de la jornada laboral se computará en función del tiempo de trabajo de que disponga el empleador. Por lo tanto, el tiempo de uso de la infraestructura no cuenta como tiempo disponible.