O TCC (Ttrabajo de CInclusión de CBear) es un trabajo final de carácter obligatorio, realizado de forma individual, por parejas o en grupos, y presentado en el último año de un curso técnico o en el último semestre de un colegio.
Aprobar la presentación de TCC es una condición necesaria para que el estudiante reciba un diploma de finalización del curso.
Consulte a continuación los consejos para estar al tanto de cómo completar el TCC.
¿Cómo llegar a una conclusión de CBT?
La conclusión de TCC es un resultado final, que viene después de un estudio en profundidad del tema del trabajo.
Podemos decir que es un resumen general del tema investigado y sus respectivos resultados.
Consulte a continuación para obtener consejos y una guía paso a paso sobre cómo completar CBT.
1. Enviar resumen del tema
Al concluir un trabajo de TCC, es muy importante que se reanude el tema principal de la investigación.
Sin embargo, no se supone que se hagan preguntas, indagaciones y / o que se planteen dudas e hipótesis.
El propósito de este enfoque más sucinto es hacer una presentación general al lector, explicando, de manera contextualizada, de qué trata el trabajo.
2. Indique la relevancia del tema
Otro punto clave para completar un Trabajo de Conclusión del Curso es la relevancia de investigar un tema en particular.
Esta pregunta debería cubrir tres partes. El alumno debe informar claramente la relevancia del tema:
- Para ti;
- para la ciencia en cuestión;
- para la sociedad en su conjunto.
3. Mostrar resultados y conclusión general
El alumno tampoco debe olvidar presentar los resultados obtenidos a través de su investigación. Todo lo nuevo que se descubrió durante el TCC debe mencionarse nuevamente.
Como conclusión general, las contribuciones del trabajo a una práctica más efectiva de un determinado actividad y / o profesión, y también información sobre cómo los resultados pueden ayudar a una mejor comprensión del tema.
Todos estos resultados deben estar relacionados con la teoría presentada en el desarrollo del TCC. También es fundamental que la conclusión responda a la pregunta planteada al inicio del desarrollo del trabajo.
4. Proporcionar información sobre los objetivos descritos.
En conclusión, es importante que quede claro cuáles fueron los objetivos marcados al inicio del trabajo y si se alcanzaron o no.
Es decir, se debe hacer un enfrentamiento entre las metas marcadas y los resultados alcanzados.
Además, el alumno debe abordar las hipótesis consideradas durante la investigación, y explicar por qué fueron confirmadas o no.
5. enviar sugerencias
El estudiante debe preguntarse si existe la posibilidad de continuar la investigación.
Si entiende que sí, debe proporcionar esta información al final.
Al presentar los resultados obtenidos, por ejemplo, el alumno puede indicar las posibilidades de continuar el proyecto, y sugerir cómo se pueden profundizar determinados aspectos.
¿Qué no hacer al completar el TCC?
Consulte los consejos a continuación y vea lo que no debe hacer al completar su CBT.
- No presente información completamente nueva. Los hallazgos pueden ser referenciados nuevamente en la conclusión, pero deben presentarse por primera vez en el desarrollo del TCC.
- No presente citas ABNT directas (reproducciones de frases de otras personas según los estándares ABNT). Si desea reproducir la idea o frase de alguien, intente explicar el concepto o la idea con sus propias palabras. Las citas solo deben aparecer en el cuerpo del desarrollo del texto.
- No inserte imágenes, tablas y mapas al finalizar. Este tipo de información debe estar disponible en el desarrollo de la TCC.
- No asuma que su verdad es absoluta. Es necesario tener en cuenta que la investigación funciona como acciones continuas, siempre en desarrollo. Incluso puede suceder que varias personas desarrollen investigaciones sobre un mismo tema y obtengan resultados diferentes.
- No enfoque el desarrollo de su conclusión de TCC en el número de páginas, ya que todo depende de la complejidad del tema tratado. Lo más importante es la calidad, no la cantidad de información.
Conclusión vs. consideraciones finales
Aunque el propósito general de los dos términos es el mismo, el de completar el trabajo, el enfoque puede ser diferente para cada uno de los tipos.
El uso de la palabra "conclusión" indica que existe una respuesta única y final a algo investigado, es decir, no hay otras posibilidades de resultados porque todas las formas de exploración del tema ya han sido aplicado.
Hay quienes consideran este término demasiado restrictivo, ya que es prácticamente imposible que el estudio de un tema dado no pueda desarrollarse más y, eventualmente, tener otras interpretaciones.
La terminología “consideraciones finales”, a su vez, indica que la investigación permite reflexiones no definitivas, que pueden ser cuestionadas y revisadas.
Aunque muchos entienden que conclusión y consideraciones finales son lo mismo, los dos enfoques son ligeramente diferentes.
Algunas instituciones educativas tienen su enfoque preferido y, por lo tanto, es muy importante hablar con el asesor laboral para saber cómo proceder.
Ejemplos de finalización de TCC
Vea dos modelos de TCC a continuación.
Modelo 1
CONSIDERACIONES FINALES
Inicialmente, la búsqueda de un concepto integral para el término Ley Fundamental fue una tarea algo compleja para el investigador, principalmente debido a la polisemia de ese término. La investigadora se cuidó de los autores que restringen el alcance de estos derechos, así como de aquellos que amplían enormemente la lista de Derechos Fundamentales.
Los autores constitucionalistas advierten que los Derechos Fundamentales forman parte de una lista ejemplar de Derechos Fundamentales, dado que cambios en la constitución y la ratificación de tratados internacionales que pudieran dar fundamentalidad formal a ciertos derechos conquistados por el sociedad.
Existe el riesgo de que los derechos sociales utópicos se inserten en la ley superior, lo que puede conducir a los derechos de libertad se ven perjudicados frente a derechos de prestación que no pueden ser cumplido.
Es fundamental que los profesionales del derecho, especialmente los jueces, consideren la importancia de hacer cumplir los Derechos Fundamental ajustándolo a los nuevos aspectos políticos, culturales y axiológicos que orientan las reglas para la aplicación de la derecho. Cabe señalar que el formalismo-positivista del magistrado lo aleja de su mayor misión: la pacificación con la justicia.
Al contrario de lo que defienden los fanáticos del rigor formal del derecho positivo, se ve en las constituciones que el legislador, en una concepción claramente teleológica e instrumental, se preocupó por adoptar principios y garantías de protección de derechos humanos. La esencia de estas disposiciones se puede resumir en la idea de que la validez material debe prevalecer en dada la vigencia formal de la norma, permitiendo armonizar la aplicación de la ley con la realidad fáctica.
La correcta interpretación de las reglas y principios constituye un desafío que mantiene la preocupación y el poder creativo de los juristas y profesionales del derecho en una actividad creciente. Alejar las normas jurídicas de su sentido ético, para reducirlas a meras reglas técnicas, no hará nada para superar los obstáculos que surgen.
Es evidente, por tanto, la necesidad de un cambio de mentalidad de los operadores en el ordenamiento jurídico.
La adhesión excesiva e injustificada al formalismo se convierte en una causa frecuente de la desaparición del derecho subjetivo garantizado por la norma del derecho sustantivo. Esto implica un descrédito en relación al Poder Judicial.
En la Sociedad en la que se aplicarán prevalece la idea de la relevancia de las disposiciones constitucionales sobre Derechos Fundamentales, deduciendo que el El formalismo tiene, directa o indirectamente, su esencia vinculada a la protección de uno o algunos de los Derechos Fundamentales preconizados en la lista de garantías inscritas en el Constitución.
La visión moderna del derecho constitucional implica el propósito del formalismo dirigido a la realización del derecho y la realización efectiva de la justicia.
A su vez, el garantismo constituye la regulación constitucional de los excesos y la arbitrariedad. Es a partir de aquí que se puede encontrar la línea de referencia para la demarcación entre los justos y los injustos. La misión del garantismo es frenar la discrecionalidad - del Estado en relación con las partes, o de una de ellas en relación con la otra, y posibilitar la realización del derecho material y la justicia. Por tanto, corresponde al Poder Judicial atemperar el principio de legalidad con los principios de justicia.
Se sugiere que el Poder Judicial adopte una posición de jurisdicción efectivamente social, sin que, sin embargo, represente una violación de los derechos individuales garantizados constitucionalmente.
La esencia de la actividad jurisdiccional radica en el poder de juzgar. El juez, personificación del Poder Judicial, tiene en el proceso el instrumento fundamental para el ejercicio de la jurisdicción. Así, las sentencias, como fin supremo de la actuación del órgano jurisdiccional, tienen la eficiencia de su resultado subordinada a la plena realización de las facultades del juez en la conducción del proceso.
Es a través de la sentencia que se hace posible la realización del derecho y la justicia y, como corolario, la pacificación, y debe ser visto como el elemento que garantiza y exterioriza el sentido de justicia de la juez.
Estas consideraciones permiten afirmar que las hipótesis también se confirmaron, más precisamente a partir de una visión fundamentalmente teleológica, dirigida más A los objetivos que pretende alcanzar el Estado de Derecho Democrático a través de la jurisdicción, se esbozaron las consideraciones relativas al discurso y la práctica. entidades legales.
Fuente: http://www.dominiopublico.gov.br/download/teste/arqs/cp038905.pdf
Tema de la TCC: Derechos Fundamentales y Rol del Magistrado: Neoconstitucionalismo y garantía jurídica
Autor: Claudio Melquiades Medeiros
Fecha: diciembre de 2006
Modelo 2
CONCLUSIÓN
Esta investigación científica abordó el tema del Proceso de Adopción en Brasil. En este trabajo, el autor buscó esbozar algunos temas de relevancia en el procedimiento de adopción en el ordenamiento jurídico brasileño, entre ellos, el interés real de la niñez y adolescencia dentro del instituto de adopción, enfatizando el principio de protección integral de la niñez y adolescencia, contenido en el artículo 227 de la Constitución Federal.
Primero, se realizó una encuesta sobre el concepto y evolución del instituto de adopción, concluyendo que la adopción estaba incluida en la ley brasileña con las características presentes en la ley. Como la primera ley de adopción data del 22.09.1828, sin embargo, sistematizando el instituto, sólo entró en vigencia con el Código Civil, establecido por la Ley 3.071, del 01.01.1916.
Posteriormente, la aparición de la Ley 3.133, del 8 de mayo de 1957, trajo importantes cambios a las normas del Código Civil. de 1916, modificando la redacción de varios artículos sobre la adopción, que se convirtió en bienestar.
Con la llegada del Código de Menores, Ley 6.697, de 10 de octubre de 1979, se introdujo la adopción plena, donde el niño adoptado era considerado legítimo. La gran novedad derivada de esta ley fue la característica de irrevocabilidad otorgada a la adopción plena.
Sin embargo, fue con la creación del Estatuto de la Niñez y la Adolescencia, Ley 8.069 de 13 de junio de 1990, combinada con el artículo 227 de la Constitución Federal, de 1988, que la adopción en la Brasil ganó contornos legales y un objetivo bien definido de protección integral para niños, niñas y adolescentes, garantizándoles el derecho a la vida familiar y a la integración. familiar.
En un segundo momento de esta investigación, se abordó el procedimiento de adopción en Brasil: sus requisitos, trámites del proceso de adopción, sus efectos y recursos. Aún así, se habló de las modalidades de adopción.
De lo anterior se concluye que una persona, sola, puede, sin problemas, adoptar a un niño o adolescente. Luego, se discutieron algunos temas de reflexión, como el derecho del adoptado a conocer su el origen real de la vida y cómo los padres adoptivos podrían reaccionar a las preguntas de sus hijos adoptivo. En este tema, el argumento utilizado fue que el adoptado debería conocer su condición de niño adoptivo, pero este hecho no implica la ruptura de los lazos afectivos ya conquistados por ambos, es decir, la familia adoptiva y adoptado. Además, aún en este tema, fue relevante resaltar que los caminos tomados y el deseo de conocer la familia natural debe ser la propia voluntad del niño. Destaca que la adopción no debe verse como una válvula de escape para resolver el problema de los menores abandonados o las parejas infértiles. Dicho instituto debe ser analizado desde dos perspectivas: como medio de formar una familia y con el objetivo de la protección e interés del menor que, por alguna razón, se vio privado de su familia biológica.
Un tema que debe ser analizado en todo tipo de colocación del niño, niña y adolescente en una familia de acogida es que, ante la posibilidad de salir del niño con la familia biológica, en los casos en que sea posible la reestructuración familiar, este camino debe ser tomado y es preferible al instituto de adopción.
Se concluye que la adopción es una forma de formar una familia con las mismas características familiares que quienes ya tienen hijos biológicos. La diferencia de sangre o raza entre dos personas, en el caso de padres e hijos adoptivos, no es una razón Evitar que surjan vínculos afectivos, filiales, de maternidad o paternidad entre estos personas.
Si existe la posibilidad de utilizar el instituto de adopciones, si esa es la voluntad de algunas personas que desean formar un ambiente familiar y brindar la condición del menor. Para poder ser adoptado, no es necesario dejar de observar dicha medida, orientada a la protección integral del niño, niña o adolescente, en el ejercicio de sus derechos humanos. fundamentales, más los derechos a la vida, la salud, el esparcimiento, la educación, la alimentación, el derecho al afecto y al amor, imprescindibles para el desarrollo de cualquier ser humano.
Fuente: https://aberto.univem.edu.br/bitstream/handle/11077/918/TCC%20Ingrid.pdf? secuencia = 1 & isAllowed = y
Tema de TCC: El proceso de adopción en Brasil
Autor: Ingrid Cristina de Oliveira
Fecha: diciembre de 2012
Consulte los textos a continuación para enriquecer sus conocimientos sobre cuestiones relacionadas con el tema de este contenido..
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