Las Unidades de Conservación (UC) son áreas naturales creadas y protegidas por el gobierno, municipal, estatal y federal. Están regulados por la Ley N ° 9.985, de 2000, que instituye el Sistema Nacional de Unidades de Conservación (SNUC). Según el SNUC, la unidad de conservación se define como un espacio territorial y sus recursos ambientales, incluidas las aguas jurisdiccionales, con características naturales. pertinentes, legalmente establecidos por el Gobierno, con objetivos de conservación y límites definidos, bajo un régimen especial de administración, al que se exigen garantías adecuadas de proteccion.
Hay varios tipos de UC, con diferentes nombres, pautas, propósitos y tipos de actividades permitidas en el área. Según sus características y finalidades, se dividen en dos tipos: Unidades de protección total y Unidades de uso sostenible. Los primeros tienen estándares más estrictos y están más enfocados en la investigación y conservación de la biodiversidad. En ellos, salvo algunos casos previstos por la ley, solo se permite el uso indirecto de sus recursos naturales. Las Unidades de Uso Sostenible están más enfocadas en actividades de visitación y educación y uso sostenible de sus recursos. Tienen como objetivo compatibilizar la conservación de la naturaleza con el uso sostenible de parte de sus recursos naturales.
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Existen cinco tipos de Unidades de Protección Integral y siete tipos de Unidades de Uso Sostenible, ver a continuación:
Por Flávia Figueiredo
Licenciada en Biología
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MACHADO, Flávia de Figueiredo. "Unidades de conservación"; Escuela Brasil. Disponible: https://brasilescola.uol.com.br/biologia/unidades-conservacao.htm. Consultado el 28 de junio de 2021.